Por: #RaúlMejía
Est. Lic. Derecho #UAEMEX
Colaborador de #RevistaDivergencia
Hoy en día, las redes sociales son #estructuras formadas por personas u organizaciones que se conectan a partir de intereses comunes, o bien, desde el punto de vista sociológico, funcionan para analizar las interacciones entre individuos, grupos, organizaciones o hasta sociedades enteras. Aunado a esto, el desarrollo tecnológico abrió dos caminos importantes. Primero, facilitó el comercio de productos y servicios a modo de mejorar la relación entre las empresas y sus clientes. Segundo, utilizar a las redes sociales como herramienta para la constitución de #delitos cibernéticos como el robo de información, difusión de noticias falsas y el acoso cibernético, por mencionar algunos.
Tan sólo entre el 18 de septiembre y el 20 de octubre de 2020, se reportaron 2,218 #ciberataques contra ciudadanos y 7,964 contra instituciones privadas y públicas. Además de que México ocupa el segundo lugar en delitos cibernéticos, sólo después de Brasil. Sin embargo, cuando el legislador intenta #reformas o hacer adecuaciones a la ley para regular el uso de las redes sociales, el ciudadano reprocha y reclama el derecho a la #libre expresión.
Hace unos días se presentó una reforma en el senado para hacer modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por el Senador, Ricardo Monreal. El punto por destacar es otorgarle al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la facultad de salvaguardar el #derecho a la libertad de expresión y acceso a la información; quitárselo a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), como se encuentra actualmente.
Por otra parte, la reforma también plantea que las #plataformas digitales más importantes y utilizadas, deberán solicitar un permiso al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para operar en el país, dicho permiso se renovará en un periodo de tiempo determinado y obligará a las plataformas como Pinterest, OnlyFans o Twitch a solicitarlo ante el mencionado instituto.
Además, algo sobresaliente de la reforma es la creación de un #procedimiento interno de impugnación, con lo cual las redes sociales no podrán suspender parcial o definitivamente una cuenta de manera unilateral, sino que tendrán que dar respuesta personalizada y motivada de la suspensión y no sólo cerrar las cuentas a través de algoritmos.
Hay que recordar que por el momento sólo es una #propuesta y no tiene efectos inmediatos hasta su debate, aprobación y promulgación. Sin embargo, es tarea de todos el análisis y la regulación de las redes sociales para su óptimo #funcionamiento.
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