lunes, 26 de octubre de 2020

EL OBRERO INVISIBLE

Por. #RodolfoGarcés
Est. Derecho #UNAM.
Colaborador de #RevistaDivergencia

Al iniciar su día, Don Gregorio toma la camisola que compró en el «tianguis», se pone aquella vieja gorra tipo pescador para cubrir sus ojos del polvo y carga a sus espaldas aquella vetusta mochila que en algún momento ocupó alguno de sus hijos para asistir a la escuela y que hoy en lugar de traer libros, trae un martillo, unas dos o tres docenas de clavos, cinta métrica y un par de cinceles. No se va de la casa sin antes despedirse de su familia, cargar entre sus pertenencias ese paquete de tortas que su esposa le envía para «aguantar» el día y rogarle a Dios por permitirle regresar al lado de sus seres queridos.

Este es el dilema que día a día se ven enfrentados los miles de individuos que, además de pertenecer al sector informal de la economía, pertenecen a un sector que muy frecuentemente relega sus #derechoslaborales a costa del interés económico de unos cuantos. Tal y como lo apunta la especialista, Erika Yael Carbajal Jímenez, egresada de la Universidad Autónoma Metropolitana, los trabajadores del #sector de la #construcción tienen una de las tasas más altas de #lesiones y aún con tal índice, es el sector que menos derechos otorga a sus #obreros.

Múltiples son los derechos laborales que no le son respetados a los #albañiles, entre los que se pueden contar la ausencia de jornadas laborales de 8 horas, vacaciones, salario justo, pero sobre todo una #carencia de #servicios #médicos y #seguros de #vida. Del total de personas que son identificadas como #albañiles, más del 89.3% no cuentan con ningún seguro médico. Tal situación se presenta inconcebible tomando en cuenta que en México cada 75 segundos ocurre un #accidente #laboral en la industria de la #construcción y cada 8 horas muere un albañil, según denuncia, Karen Ballesteros, columnista de la revista Contralínea.

Recientemente, el tema volvió a tomar relevancia tras el estreno de la película «Mano de obra» de David Zonana, misma en la cual se reflejan las situaciones a las cuales están vulnerables los trabajadores del sector de la construcción al no contar con #seguro #médico alguno, pero sobre todo la facilidad con la que los #patrones se deslindan de la #responsabilidad que se deriva de los #accidentes de #trabajo, mismos que derivan en lesiones graves que pueden provocar #incapacidad #permanente y enfermedades - en el mejor de los casos - o incluso la #muerte.

La obligación del sector #patronal para responder por los accidentes de trabajo se deriva de la Constitución Federal, específicamente del artículo 123, en su fracción XIV, en la cual se determina que, «los patronos deberán pagar la #indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la #muerte o simplemente #incapacidad #temporal o #permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen». No obstante, aún cuando tal obligación deriva desde la Constitución, son muy pocos los #contratistas o #patrones que cumplen dicho mandato.
Esto se puede comprobar con un simple acercamiento a cualquier persona que vive de este oficio. En mucho de los casos de #accidentes de trabajo, es el propio obrero quien se encarga de sufragar los gastos que se originen por sus dolencias, quien en muchas de las veces al sufrir lesiones de gravedad terminan por endeudarse y vivir en condiciones de vida más precarias a las que ya vivían, en caso de que dicho daño sea irreparable.

Como se ha insistido a lo largo del texto, el sector de la #construcción es uno que a pesar de los riesgos que implica, es el que menos derechos otorga a sus obreros. Ya sea por las condiciones #laborales presentes, por la falta de capacitación adecuada o el uso indebido de equipo de #seguridad, que aún cuando se ve regulado por NOM´s (Normas Oficiales Mexicanas), en muchas de las ocasiones no es usado como se debe, es muy viejo o de plano ausente en las construcciones donde el obrero-albañil desempeña su labor. No es raro para el ciudadano común ver a un albañil únicamente utilizando una playera delgada, un pans y a lo mucho un casco.

Así mismo, los #patrones se auxilian en gran parte de las ocasiones de la ignorancia de la normatividad por parte de los #albañiles, quienes al no tener un #contrato laboral firmado que avale su relación de trabajo consideran que no tienen manera de poder ejercitar sus #derechos. Nada más alejado de la realidad. Tal y como sostiene, Omar Nacib Estefan Fuentes, presidente Nacional de la Comisión Intersecretarial para la Erradicación del Trabajo Infantil (CITI), a pesar de que no haya un #contrato escrito, existe un acuerdo laboral el cual pueden alegar los #trabajadores para defenderse. En caso de que un albañil labore en una casa y sufra algún accidente también puede hacer la denuncia ante la Profedet.

No cabe duda que es importante que esta información sea conocida por los #trabajadores, pero más allá de eso se requiere una concientización de parte de los #contratistas y patrones para procurar las mejores condiciones para sus trabajadores, mismas que no se reducen únicamente al pago de un buen salario (que no es muy común encontrar), sino al respeto del resto de Derechos que le asisten al trabajador y, más que nada promover, mediante la capacitación y la entrega de equipo adecuado para el desempeño de las labores de los albañiles, #mejorescondiciones de trabajo para el obrero-albañil que labora en sus #construcciones.


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