martes, 26 de enero de 2021

EL SISTEMA PENAL, ACUSATORIO O NO, NECESITA DE LOS OPERADORES

Lic. Derecho #UAdeC
Colaborador de #RevistaDivergencia

El Estado mexicano trabajó en la implementación del #sistema acusatorio penal, pero el reto posterior al 18 de junio de 2016 fue la consolidación, pues actualmente se #violan derechos de las personas, especialmente cuando se abre el debate para privar de la libertad a las personas. Aquí mencionaremos 3 de las más frecuentes y serán relativas al debate de medidas cautelares. 

La #primera es por parte quien solicita una condena o medida privativa de la #libertad, generalmente el representante social. La #violación al derecho humano que comete este operador es la de no fundar ni motivar su solicitud satisfaciendo los requisitos mínimos. Con frecuencia su solicitud se realiza sin exponer los hechos, pruebas o derechos en los que encuentran su sustento. 

No exponen por qué las otras trece #medidas cautelares son insuficientes de lograr la misma presencia del imputado, como si el texto constitucional dijera que la medida podrá ser solicitada cuando «el solicitante haga la mera afirmación de que otras medidas no son suficientes»; por el contrario, la #obligación constitucional implica la existencia de argumentos, hechos, pruebas y fundamentos de derecho que justifiquen la solicitud. Una solicitud sin estos elementos debería ser improcedente en sí misma por tratarse de restringir #derechos.

La #segunda violación, es resolver favorablemente una solicitud carente de los #requisitos mínimos indispensables (como fundar y motivar con hechos, derecho y prueba) para ello.

Pongo a este operador en segundo lugar porque, con independencia de las excepciones y argumentos expuestos por el defensor, debe exigir en primer lugar que la solicitud cumple con los elementos mínimos para concederla tal como debe suceder en un #sistema en que se presuma la inocencia de cualquier imputado. 

La #tercera violación sucede por el defensor al no hace valer las excepciones y defensas aplicables a cada caso en concreto con base en los elementos de hecho, de prueba y de derecho que tenga disponibles y, en el peor panorama en el que no tenga pruebas a su favor, tienen la obligación de hacer notorias las omisiones y deficiencias en las solicitudes de sus contrapartes y, con ello, su improcedencia.

El problema de la consolidación tiene que ver con una #obligación Estatal pues debe propiciar las condiciones para que sus operadores puedan cumplir con sus funciones de manera óptima. Debe reconocerse que el #sistema de justicia penal anterior no fue la causa de los problemas, y tampoco será la solución. Se necesita la realización del trabajo con la debida diligencia para hablar de una consolidación.



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